La
abogada Silvia de los Santos, en representación de Marcelo Pintihueque,
mapuche de la provincia de Chubut, presentó este miércoles un recurso de
amparo por el pozo de petróleo no convencional de la zona de El Trébol
en la ciudad petrolera, que fue inaugurado por la presidenta Cristina
Fernández de Kirchner.
A su vez lo acompañaron de una solicitud de medida cautelar con el objetivo de detener las actividades exploratorias en la zona.
Según la letrada, el amparo se argumenta en la violación al derecho constitucional que debieran ejercer las comunidades originarias al ser consultadas sobre este tipo de actividades a realizarse sobre sus territorios. Asimismo el amparo cita la existencia de materiales arqueológicos presentes en la zona que deben ser protegidos mediante procedimientos establecidos en la Ley nacional 25.743 y que no se han cumplimentado. Agrega además la preservación del agua, elemento escaso en esta zona y menciona la inexistencia de información precisa sobre los recursos hídricos de la provincia debido al incumplimiento de las fuciones del Instituto Provincial del Agua.
Finalmente, el amparo se argumenta en las maniobras fraudulentas llevadas adelante respecto de la forma en que se otorgó el permiso para la realización de las obras.
La abogada descubrió la existencia de dos expedientes mellizos relacionados con el pozo de petróleo no convencional de la zona de El Trébol.
Por un lado, se encontraba el expediente con el informe de impacto ambiental que realizó la consultora Natural Consulting Survey, y que fue la base sobre la que se llevó adelante la audiencia pública el 16 de noviembre de 2012.
Pero además existía un segundo expediente, que no se dio a conocer y sobre el que se expidió una autorización para iniciar tareas en el pozo dos días antes de realizar la audiencia pública.
De acuerdo a la abogada, son tres los delitos en los que se ha incurrido: “estafa por la existencia de un expediente mellizo, omisión de los deberes de funcionarios públicos y falsificación de instrumento público".
El procedimiento para la aprobación de este tipo de actividades implica que luego de la audiencia pública, la empresa debe responder a todos los requerimientos surgidos en la misma y que tras ellos, si fueran satisfactorias las respuestas obtenidas pueden llegar a ser autorizadas. Nada de esto fue llevado a cabo y en su lugar se desplegó una farsa.
Mientras tanto, la Unión de Asambleas Chubutenses se manifestó en estado de alerta y movilización ya que considera que la explotación de hidrocarburos no convencionales o fracking es una práctica altamente agresiva y devastadora para el medioambiente y la salud de las comunidades, equiparable a la megaminería.
En el último encuentro de la UACH (Unión de Asambleas Chubutenses), el pasado 02 de febrero en Puerto Pirámides, se declaró el día 13 de febrero como día de luto para la provincia de Chubut. En Comodoro Rivadavia, asambleístas de distintos pueblos de Chubut realizaron actividades para repudiar el inicio de la era del fracking y difundir información sobre esta perniciosa actividad.
Los “hidrocarburos no convencionales” se encuentran en rocas compactas y a una profundidad mayor que la de las reservas “convencionales”. Para su extracción se debe realizar una perforación de hasta 5.000 metros de profundidad y luego extenderse por otros 2.000 metros, atravesando napas y diversas formaciones. El proceso de “fracking” se realiza mediante la utilización de un líquido compuesto por agua y químicos que a mucha presión liberan las partículas del “recurso” aprisionadas en la roca. Para este tipo de extracción se utiliza, en promedio, 30 millones de litros de agua cada vez que se realiza el procedimiento, es decir la cantidad de agua que consume por día una población de 80.000 personas.
Fuente: www.argenpress.info
Según la letrada, el amparo se argumenta en la violación al derecho constitucional que debieran ejercer las comunidades originarias al ser consultadas sobre este tipo de actividades a realizarse sobre sus territorios. Asimismo el amparo cita la existencia de materiales arqueológicos presentes en la zona que deben ser protegidos mediante procedimientos establecidos en la Ley nacional 25.743 y que no se han cumplimentado. Agrega además la preservación del agua, elemento escaso en esta zona y menciona la inexistencia de información precisa sobre los recursos hídricos de la provincia debido al incumplimiento de las fuciones del Instituto Provincial del Agua.
Finalmente, el amparo se argumenta en las maniobras fraudulentas llevadas adelante respecto de la forma en que se otorgó el permiso para la realización de las obras.
La abogada descubrió la existencia de dos expedientes mellizos relacionados con el pozo de petróleo no convencional de la zona de El Trébol.
Por un lado, se encontraba el expediente con el informe de impacto ambiental que realizó la consultora Natural Consulting Survey, y que fue la base sobre la que se llevó adelante la audiencia pública el 16 de noviembre de 2012.
Pero además existía un segundo expediente, que no se dio a conocer y sobre el que se expidió una autorización para iniciar tareas en el pozo dos días antes de realizar la audiencia pública.
De acuerdo a la abogada, son tres los delitos en los que se ha incurrido: “estafa por la existencia de un expediente mellizo, omisión de los deberes de funcionarios públicos y falsificación de instrumento público".
El procedimiento para la aprobación de este tipo de actividades implica que luego de la audiencia pública, la empresa debe responder a todos los requerimientos surgidos en la misma y que tras ellos, si fueran satisfactorias las respuestas obtenidas pueden llegar a ser autorizadas. Nada de esto fue llevado a cabo y en su lugar se desplegó una farsa.
Mientras tanto, la Unión de Asambleas Chubutenses se manifestó en estado de alerta y movilización ya que considera que la explotación de hidrocarburos no convencionales o fracking es una práctica altamente agresiva y devastadora para el medioambiente y la salud de las comunidades, equiparable a la megaminería.
En el último encuentro de la UACH (Unión de Asambleas Chubutenses), el pasado 02 de febrero en Puerto Pirámides, se declaró el día 13 de febrero como día de luto para la provincia de Chubut. En Comodoro Rivadavia, asambleístas de distintos pueblos de Chubut realizaron actividades para repudiar el inicio de la era del fracking y difundir información sobre esta perniciosa actividad.
Los “hidrocarburos no convencionales” se encuentran en rocas compactas y a una profundidad mayor que la de las reservas “convencionales”. Para su extracción se debe realizar una perforación de hasta 5.000 metros de profundidad y luego extenderse por otros 2.000 metros, atravesando napas y diversas formaciones. El proceso de “fracking” se realiza mediante la utilización de un líquido compuesto por agua y químicos que a mucha presión liberan las partículas del “recurso” aprisionadas en la roca. Para este tipo de extracción se utiliza, en promedio, 30 millones de litros de agua cada vez que se realiza el procedimiento, es decir la cantidad de agua que consume por día una población de 80.000 personas.
Fuente: www.argenpress.info
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