El juez federal Leopoldo Rago Gallo consideró que el ex cortista Juan Carlos Caballero Vidal formó parte, cuando fue magistrado de primera instancia, del plan criminal que llevó adelante la última dictadura.
Según trascendió de la resolución, se le endilgó que no cumplió con su deber de investigar dos hechos gravísimos: Las torturas que sufrió Héctor Cevinelli y la muerte de Ángel José Alberto Carvajal, quien fue salvajemente golpeado en el Penal de Chimbas hasta que falleció.
En ese marco, al no avanzar en las causas, brindó la impunidad que necesitaban los autores. Por eso, de acuerdo a fuentes calificadas, el titular del Juzgado Federal Nº 2 lo procesó como miembro de una asociación ilícita, además de enrostrarle una participación necesaria en los delitos de privación ilegitima de la libertad y tormentos agravados en el caso de la primera víctima. Y también le marcó el hecho de no promover la acción penal frente a la situación de ambos damnificados. Además, le trabó un embargo de 2 millones de pesos.
Tras el requerimiento de instrucción y el avance de la causa federal, Rago Gallo había pedido el juicio político contra Caballero Vidal para que sea desaforado y así poder indagarlo, ya que este se desempeñaba como miembro de la Corte de Justicia. Cercado ante la destitución, el ministro renunció.
Todo estalló durante una audiencia en el segundo megajuicio por delitos de lesa humanidad, en la que el abogado Pedro Bayugar declaró que en 1977 le presentó a Caballero Vidal un hábeas corpus por la desaparición de Cevinelli. Cuando este fue liberado tras las torturas, el testigo dijo que se reunió con el entonces juez para ver qué hacían con unos objetos que le habían robado a su defendido y que este le manifestó que se olvidara de todo lo sucedido, mientras colocaba una pistola en su escritorio. El testimonio disparó el pedido del fiscal Francisco Maldonado para que se abriera la investigación. Luego, este amplió la causa por la declaración del abogado Carlos Bula, quien había indicado que Caballero Vidal había ordenado la autopsia de Carvajal por pedido del entonces jefe del RIM 22, pero que no había investigado cómo se produjo la muerte.
Al finalizar la instrucción, el juez federal, entre otros puntos, se valió de las palabras que el propio excortista dio en su indagatoria para señalar que este conocía que la detención de Cevinelli fue por razones políticas y que sabía qué sucedía con los militantes políticos y cómo eran sus traslados, explicaron las fuentes. En base a esos puntos, le endilgó no haber avanzado en una causa para determinar quiénes eran los responsables. Inclusive le reprochó que solamente haya enviado oficios a las fuerzas armadas y de seguridad para averiguar el paradero de Cevinelli, justamente las áreas que estaban sospechadas de cometer los actos delictivos, y que no haya citado testigos para dar cuenta de las irregularidades.
Con respecto Carvajal, Caballero Vidal había planteado que la causa estaba en manos de la Justicia Militar, pero las fuentes indicaron que Rago Gallo consideró que, antes de resolver la cuestión de competencia, debería haber tomado medidas para corroborar si la muerte de la víctima fue o no un suicidio. De hecho, se comprobó que fue torturado hasta morir.
Por otro lado, Rago Gallo le dictó falta de mérito en su supuesta participación en el delito de robo en perjuicio de Cevinelli y en las amenazas contra Bayugar.
La resolución de Rago Gallo fue notificada a los defensores de Caballero Vidal, quienes habían adelantado que apelarán si había un fallo adverso.
Fuente: CTA Autonoma
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